Es una autorización municipal y/o autonómica, dependiendo del tipo de negocio, para el ejercicio de una determinada actividad en un local comercial, nave industrial o entresuelo. Siendo obligatoria dicha autorización para poder abrir un negocio.
Es la declaración del titular del negocio, donde indica, que dispone de un establecimiento apto para su apertura cumpliendo la normativa vigente (accesibilidad, uso, ventilación, contraincendios, salubridad, ordenanzas municipales...etc). Así mismo indica que disponde del proyecto técnico necesario y las autorizaciones y legalizaciones de las instalaciones existentes.
Son las actividades que NO están calificadas en el Anexo II de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades de la Comunitat Valenciana.
Son las actividades que SÍ están calificadas en el Anexo II de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades de la Comunitat Valenciana.
Si se presenta el documento denominado Declaración de Responsable firmado por el titular, indicando que lo tenemos todo en regla y luego se demuestra que no es así, esto conlleva la perdida de las tasas abonadas, el cierre del expediente, cierre del establecimiento y la aplicación de la sanción económica correspondiente, sin haber obtenido la correspondiente Licencia de Apertura.